miércoles, 29 de diciembre de 2010

¿Cómo se forma el precio de la luz?

El sistema de precios para la electricidad vigente en nuestro país ha sido pionero y de imitación internacional desde el año 1982, pero ¿saben realmente los ciudadanos cómo se forma?

Existen dos tipos de mercados: uno regulado por el gobierno y otro regulado por las leyes económicas de libre mercado.
El mercado regulado, ahora denominado TUR (Tarifa de Último Recurso), supone algo menos de la mitad (48%) de la factura de la luz que llega cada mes al buzón de hogares y pymes (empresas autónomas) y se debe a conceptos cuyo precio sigue regulado por el Gobierno. En esa parte, se incluye el precio del fomento de las energías renovables (más caras, pero más limpias). Este precio corresponde a un impuesto que se recauda en España y que se invierte en investigación de energías alternativas y en nuevas estructuras de la red para paliar la carencia por no construir nuevas centrales nucleares. Este concepto se paga sobre el consumo de electricidad y la potencia contratada y está cifrado en un 4,864%. Se incluye también el precio de la gestión del operador que efectúa las subastas (Omel) y una cantidad para paliar el déficit de tarifa.


El déficit de tarifas es la diferencia entre el monto total recaudado por las tarifas integrales y tarifas de acceso (que fija la Administración y que pagan los consumidores por sus suministros regulados y competitivos, respectivamente) y los costes reales asociados a dichas tarifas (costes de adquisición de la energía para las tarifas integrales, de transportar, distribuir, subvencionar determinadas energías que según el Ordenamiento Jurídico están incluidos en las tarifas, etc.

En cuanto al libre mercado, las eléctricas pueden vender la electricidad que producen en el mercado diario llamado comúnmente "pool eléctrico". El pool actúa como un gran mercado en el que se compra y vende electricidad. Según José Luis Felices (ingeniero industrial de Unión FENOSA), si analizamos detenidamente el Pool, encontramos que este tipo de subastas se encuentra regulado por el Sistema de Red Eléctrica, que realiza estimaciones sobre la energía que será consumida en España durante determinadas horas. Según la energía que se necesite, este sistema solicita a las compañías eléctricas la cantidad de electricidad que le pueden aportar y a qué precio. Después elige a la empresa que le suministre la energía más barata y compra su energía. Puede coger la electricidad que necesite de distintas empresas hasta completar la demanda solicitada. El Sistema de Red Eléctrica realiza una curva horaria en la que se expone cuánta energía se consume en España (el pico horario se produce a las 12 de la mañana y la bajada se produce aproximadamente a partir de las 10 de la noche).
El precio de compra-venta depende de las necesidades del mercado y de la producción energética disponible en el momento de la casación. El precio de compra-venta en un momento dado depende del que fijan las empresas eléctricas que venden su energía en el régimen ordinario. Estas son todas las empresas menos las renovables y las plantas de cogeneración que están recogidas en el régimen especial. Las plantas nucleares y las térmicas tradicionales (carbón, fuel y gas) tienen que comprar combustible para producir electricidad, las renovables, no.

Si decidimos adquirir la electricidad en el mercado, estaremos pagando dos cosas:

1. Los peajes: es el pago por el uso de las redes del distribuidor, mediante un precio aprobado por el Ministerio de Industria Comercio y Turismo. Se denomina tarifa de acceso y consta de dos términos (potencia y energía) el primero es fijo y pagamos la potencia que tenemos contratada y en el segundo, que es variable, pagamos por la energía que ha circulado por la red del distribuidor para nuestro consumo.
2. La energía: es el pago por la energía consumida medida por el contador. Es el resultado de multiplicar el precio libremente pactado con el comercializador, que figura en el contrato, por los kWh. medidos por el contador.

Si contratamos el acceso a las redes del distribuidor a través del comercializador que hayamos elegido, este nos facturará en la misma factura ambos conceptos (los peajes y la energía) en el precio que pactemos con el comercializador estará incluido el coste de los peajes, que el comercializador abonará, en nuestro nombre, al distribuidor.

Al menos una vez al año, o en todas las facturas si se lo pedimos, el comercializador tiene la obligación de informarnos de los pagos que ha realizado al distribuidor, en nuestro nombre, por los peajes.

La factura de la luz que recibe un cliente

En la factura de la luz encontramos diferentes costes:  
  1. La potencia contratada. Es la cantidad máxima de energía que puedo utilizar. Se trata de un valor fijo que debo pagar siempre, aunque no consuma nada., en España suele estar entre 3,3 y 5,5 KW.
  2. Valor fijo. El valor fijado por Real Decreto para cada kW contratado es de 1,581887 euros.
  3. Cálculo. Es el resultado de multiplicar la potencia contratada por el valor fijo.
  4. Consumo eléctrico. Para obtener este resultado tenemos que multiplicar el consumo realizado por la cantidad a la que cobra la compañía el kW.
  5. Impuesto especial sobre la electricidad. Es un impuesto que se recauda para invertir en investigación de energías alternativas y en nuevas estructuras de la red para paliar la carencia por no construir nuevas centrales nucleares.
  6. Coste por el alquiler del equipo. Es el coste del alquiler mensual multiplicado por dos.
  7. IVA. A todas estas cantidades hay que gravarles un 18% de IVA.
  8. Importe total. Una sencilla suma de todas las cifras da el importe total.
  9. Historial de consumo. Muestra cómo ha ido evolucionando el gasto eléctrico a lo largo del último año.
El sistema de regulación de la electricidad en España es bastante complejo, pero funciona correctamente, prueba de ello es que se utiliza también en países europeos como Inglaterra. Por el contrario, en otros países como Francia y Portugal se utiliza un sistema de regulación más simple porque una única empresa controla toda la producción eléctrica (monopolios).

Por Cristina García Pérez, Luisa Fernanda Giraldo Gil, Ignacio Herruzo Martínez e Iván Torrico Rivera

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Buscar CRONICONÓMICA